Fecha de caducidad y consumo preferente.
Diferencias entre fecha de caducidad y consumo preferente.
¿Me puedo comer éste alimento sin ser perjudicial para mi salud?¿Tiramos la comida en muchas ocasiones sin necesidad de hacerlo? Son preguntas muy frecuentes que nos hacemos.
Aunque la diferencia parece clara, los consumidores no lo tienen tanto. La mayoría confunde los significados de fecha de caducidad y de consumo preferente, lo que puede influir o ser perjudicial para su salud o que gran cantidad de alimentos perfectamente válidos para el consumo vayan a parar sin necesidad a la basura.
Vamos a distinguir los dos términos:
Fecha de caducidad: Hace referencia al día límite a partir del cual el alimento no es adecuado para el consumo desde el punto de vista sanitario. La fecha de caducidad se indica en productos que son muy perecederos y con riesgo microbiológico como es el caso de carnes y pescados crudos y frescos, leche, yogur y cremas, en los que puede haber crecimiento microbiano.
Fecha de consumo preferente: Hace referencia al tiempo en el que el producto mantiene intactas sus propiedades, sin que su ingesta suponga un riesgo para la salud. Se aplica a productos bastante más duraderos y que son estables. Principalmente con poca agua (aceite, legumbres, cereales), deshidratados (purés, sopas) y esterilizados (latas de conserva). Una vez pasada esta fecha se pueden haber perdido parte de las propiedades físicas y organolépticas del producto como puede ser el olor, sabor, textura, color, etc , pero en ningún caso existe un riesgo microbiológico.
¿Qué hacemos si un producto nos va a caducar en unos días? En la mayor parte de los casos, no estamos pendientes de la fecha de caducidad y finalmente lo acabamos tirando.
Para que esto no ocurra lo que se puede hacer si vemos que llega la fecha de caducidad y no los vamos a comer es congelarlos. Podemos hacerlo con carnes, pescados, incluso con el salmón ahumado, el jamón cocido, etc.Eso sí, tenemos que tener en cuenta que una vez descongelados éstos alimentos se deben consumir en 24 horas. A partir del momento en que lo hemos congelado ya no hay que tener en cuenta la fecha de caducidad, con lo que cuando se descongela partimos de la vida útil del producto.
La normativa vigente relativa al etiquetado de productos alimenticios (RD 1334/1999) establece la obligatoriedad de incluir en el etiquetado del alimento la información relativa a la vida útil del producto (Tiempo que transcurre desde su elaboración hasta su deterioro) y determinar el período anterior a la fecha de duración mínima (consumo preferente) o a la fecha de caducidad.
Según el artículo 11 del RD 1334/1999.
Marcado de fechas.
En el etiquetado de todo producto alimenticio figurará la fecha de duración mínima o, en su caso, la fecha de caducidad.
Fecha de caducidad: Se indicará la leyenda "Fecha de caducidad" seguida de la fecha (o la indicación del lugar donde se especifica dicha fecha), que consistirá en día, mes y año, en este orden.
Fecha de consumo preferente:
a) «Consumir preferentemente antes del...» cuando la fecha incluya la indicación del día.
b) «Consumir preferentemente antes del fin de...», en los demás casos.
Cada día tiramos más comida a la basura, pensando que nos va a sentar mal y que es perjudicial para nuestra salud, pero muchas veces esto no es así.
Debemos estar más atentos a las fechas de caducidad y de consumo preferente de los productos que consumimos y que hay en nuestra despensa. Es fundamental llevar una buena rotación de los productos que almacenamos y realizar el FIFO ( First in First out) lo primero que entra es lo primero que sale, es decir, colocar delante los productos que primero vayan a caducar y detrás los que tengan más fecha de caducidad.
De ésta forma nos aseguramos de llevar un correcto almacenamiento y de evitar que nuestros productos puedan llegar a caducar.